lunes, 10 de marzo de 2014

GRAVAMEN PERMANENTE O TRANSITORIO IMPORTACIÓN



GRAVAMEN PERMANENTE O TRANSITORIO IMPORTACIÓN



La base de gravamen de importación sobre la cual se liquidan los gravámenes arancelarios está constituida por el valor de las mercancías, estás de acuerdo también al valor que dispone la aduana.
De igual manera en el artículo 459 del ET, dice que la base gravable sobre la cual se liquidad los impuesto de venta para las mercancías importadas, es la misma con la cual se liquida los derechos de aduanas.

Frente a lo anterior podemos deducir que la declaración de importación es un gravamen  transitorio, pues se realiza cada vez que llega una mercancía a las zonas aduaneras del país, y es un impuesto ordinario.

No hay comentarios:

Publicar un comentario