GRAVAMEN PERMANENTE O TRANSITORIO IMPORTACIÓN
La base de gravamen de importación
sobre la cual se liquidan los gravámenes arancelarios está constituida por el
valor de las mercancías, estás de acuerdo también al valor que dispone la
aduana.
De igual manera en el artículo 459 del
ET, dice que la base gravable sobre la cual se liquidad los impuesto de venta
para las mercancías importadas, es la misma con la cual se liquida los derechos
de aduanas.
Frente a lo anterior podemos deducir
que la declaración de importación es un gravamen transitorio, pues se realiza cada vez que
llega una mercancía a las zonas aduaneras del país, y es un impuesto ordinario.
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